El cumplimiento normativo es una tarea difícil de asumir para las sociedades anónimas, junto con aquellos aspectos relativos a establecer los objetivos de compliance. La “Cultura de Cumplimiento” de las organizaciones, se mide y califica bajo el componente “Gestión”. Una fuerte “cultura de cumplimiento” implica que la organización se encuentra en una sólida posición de cumplimiento; la gerencia es competente y el personal es suficiente para lograr el cumplimiento: también se ha implementado un programa de cumplimiento efectivo, que incluya un sistema eficiente de procedimientos y de controles internos. asimismo los cambios en los estatutos y reglamentos se reflejan rápidamente en las políticas, los procedimientos y la capacitación obligatoria en cumplimiento de la institución. Por su parte, la institución debe brindar una adecuada capacitación y entrenamiento a sus empleados. No hay evidencia de actos o prácticas discriminatorias, violaciones reembolsables o prácticas que resulten en violaciones repetidas ni relevantes. La gerencia corrige rápidamente las irregularidades y las deficiencias. Como resultado, la institución no es motivo de preocupación para la supervisión. La intensidad y alcance del sistema y control de la “Gestión de Cumplimiento”, dependerá del tamaño y complejidad de cada entidad. Un programa de Gestión de Cumplimiento, también puede variar considerablemente según el alcance y la complejidad de las actividades de la organización, el lugar geográfico de la organización y otros factores de riesgo. El Oficial de Cumplimiento debe tener un conocimiento general de las operaciones de la institución e interactuar con todos los departamentos y sucursales para mantenerse al tanto de los cambios que sucedan. Si bien el título de la persona Responsable del Cumplimiento general de ALD no es importante, su nivel de compromiso, liderazgo e integridad dentro d la organización es fundamental. Las responsabilidades de un oficial de cumplimiento, independientemente del tamaño o la complejidad de las operaciones de la institución, estarán definidas en el Manual de Antilavado de la entidad, conforme con la Ley y la normativa UIF pertunente (v.g. Identificación del Cliente, Confidencialidad hacia el Cliente y Terceros a la organización de lo actuado en materia de PLAyFT, y reportar en tiempo y forma a la UIF Operaciones Sospechosas.
En síntesis, para que en la supervisión del cumplimiento sea eficaz y se mantenga una sólida postura de cumplimiento, un responsable de cumplimiento también debe recibir capacitación diferencial y continua, tiempo suficiente y recursos adecuados para hacer el trabajo, porque en última instancia, la institución y toda la junta directiva es responsable ante la Ley de las irregularidades e incumplimientos normativos en materia de Prevención de ALD y del Financiamiento del Terrorismo.
Por FCN